La Unión Europea pretende implementar una protección para los compradores de productos digitales. La iniciativa forma parte de un enorme plan de creación de un mercado digital único en el cual los países europeos operarán bajo las mismas normas y reglamentos. Junto a la prohibición de geobloqueo, etc., esta protección para los compradores es parte de una gran iniciativa encabezada por el Comisionado de la Unión Europea para el Mercado digital único, Andris Ansup.
Uno de los grandes cambios en su política es que el comprador no tiene forma de probar que el producto digital no estaba funcionando de manera correcta (o fuera un producto defectuoso) en el momento de la compra, que es el caso que está bajo la legislación vigente. La obligación ahora está en manos del vendedor. La organización europea de consumidores (BEUC) está decepcionada con que la carga de la prueba, aunque se trasladó al vendedor en lugar del comprador, solo ha durado un año.
La protección del comprador también incluye los medios sociales
Una de las novedades más notables de esta nueva legislación es el hecho de que los servicios “gratuitos” tales como Facebook y Google también estarán sujetos a esta protección al comprador. La organización europea del consumidor (BEUC) sostiene que esto es necesario ya que los usuarios de estas plataformas gratuitas “pagan” realmente por su uso en forma de datos. Por lo tanto, el BEUC considera que es lógico que la misma protección para los compradores se apliquen aquí, como si los servicios realmente se pagaran con dinero. Sin embargo, el alcance de esta protección se ha limitado a cubrir únicamente los casos de en qué manera se utilizan datos personales de un cliente (por ejemplo, el nombre, las fotos, etc.) La nueva legislación no cubrirá los datos recopilados de los usuarios anónimos. El BEUC realmente considera esto un revés. Aunque no está expresamente declarado, ¿cómo tendría que ver con el hecho de que la recopilación de datos no se describe en las directrices que favorecen a los consumidores?. Naturalmente, el objetivo principal de una organización de consumidores es el comprador, no el vendedor.
Streaming: Fronteras abiertas
Aparte de abordar las restricciones de las protecciones al comprador, la Unión Europea también ha expresado su intención de abrir fronteras y las limitaciones que acompañan a los streaming. Así, por ejemplo, como usuario de servicios de streaming, debería ser posible acceder a sus servicios de streaming de pago en cualquier parte del mundo. La legislación está prevista para ser aplicada el 1 de enero de 2018, y solo se aplicará a los servicios de pago, como por ejemplo, Netflix, etc.
La pregunta sigue existiendo, sin embargo, ¿cuántos consumidores realmente tratan de acceder a los servicios de streaming desde otro pais? De acuerdo a una encuesta realizada a finales del 2015, menos de 1 de cada diez consumidores europeos intentaron acceder alos servicios de streaming en otro país. La diferencia entre servicios de streaming de “pago” y “gratuito” ni siquiera se hizo en esta encuesta, lo que lleva a la pregunta de ¿cuántos consumidores de promedio se sienten realmente obstaculizados por estas fronteras?
¿Sin límites?
Aunque hay algo que decir respecto a la protección de los derechos de los consumidores, particularmente, en el caso de obligaciones imposibles tales como probar que el software que ha comprado no funciona (no todos los consumidores pueden ser expertos digitales o nativos), hay limitaciones. Particularmente, cuando se trata de descargas digitales, como por ejemplo una película, el consumidor tendrá que aprobar expresamente los términos y condiciones y no podrá apelar a la protección del comprador. En cualquier caso, el amplio alcance de la protección del comprador y la disminución gradual de las fronteras digitales apuntan una vez más a cambios significativos en el comercio electrónico.
Source: RTL Z